Cámara da paso a medida que “garantiza” la libertad religiosa en la Isla

26 Jun

SAN JUAN – El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez, indicó que el cuerpo aprobó legislación el domingo para establecer la “Ley para la Protección de la Libertad Religiosa de Puerto Rico”, que establece como política pública que el Gobierno de Puerto Rico no podrá menoscabar “sustancialmente” el ejercicio de la libertad religiosa.

Carlos “Johnny” Méndez, presidente de la Cámara de Representantes. (Foto/Suministrada)

“El Proyecto de la Cámara 1018, de la autoría del presidente cameral Carlos “Johnny” Méndez Núñez y los representantes Guillermo Miranda Rivera y María Milagros Charbonier Laureano, reafirma que con esta iniciativa se busca preservar ese derecho constitucional como afirmación de un gobierno que respeta y atesora la fe y la libertad de culto como elementos esenciales de su desarrollo como pueblo”, sostuvo en declaraciones escritas.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de lo Jurídico, Charbonier Laureano, indicó en su turno sobre la medida que “no es un proyecto que discrimina contra alguien, todos tienen derecho a creer en alguna religión o a no creer y eso hay que respetarlo”. Aseguró que el proyecto, solo aplica al sector gubernamental.

De otra parte, se dio paso al Proyecto de la Cámara 18, de Méndez Núñez, que enmienda la “Ley de Municipios Autónomos” al añadir una nueva disposición mediante la cual las deudas por concepto de arbitrios de construcción se constituyan como un gravamen preferente a favor del municipio correspondiente sobre la propiedad inmueble donde se construya la obra.

Según el texto de la medida, ante la dificultad para garantizar el pago del impuesto, “los recaudos fiscales se han visto afectados, perjudicando así la salud fiscal de los municipios”. Añade que la pieza legislativa “permitirá mejorar la situación de sus arcas, permitiendo que puedan continuar operando y prestando servicios esenciales a su ciudadanía”.

Además, fue avalado el Proyecto de la Cámara 1147, del Presidente Cameral y del representante Eddie Charbonier Chinea, que crea la “Ley Uniforme Sobre Filas de Servicio Expreso y Cesión de Turnos de Prioridad”, para que personas con impedimentos, familiar, tutor o persona que haga gestión para sí mismo acompañado de una persona con impedimento, mujeres embarazadas, personas mayores de 60 años y toda persona con asuntos pendientes que haya viajado entre las islas municipio de Vieques y Culebra en un mismo día, reciban turnos de prioridad o servicio expedito cuando acudan a alguna agencia, instrumentalidad o departamento del Gobierno, a un municipio o a una entidad privada que recibe fondos públicos.

También, se aprobó el Proyecto de la Cámara 799 para enmendar la “Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de aumentar a 62 años la edad de retiro obligatorio para Servidores Públicos de Alto Riesgo, como miembros de la Uniformada y del Cuerpo de Bomberos. Según el texto de la medida, “esta pieza legislativa está enfocada en reconocer la capacidad de estos servidores, que a los 58 años todavía tengan aptitud física para desempeñar las funciones que se les requiere”. A la misma vez, se les ofrece una alternativa para que vayan ajustando su situación ante la próxima edad de retiro, que sería a sus 62 años.