CDCoop incorpora primera cooperativa de titulares de vivienda en Puerto Rico

29 May

SAN JUAN – Doscientas treinta y dos familias de la Cooperativa de Vivienda Jardines de Valencia en Río Piedras recibieron hoy la escritura que los hace dueños de su hogar.

(Foto/Suministrada)

Con la entrega de estos títulos, la comisionada de Desarrollo Cooperativo (CDCoop), Ivelisse Torres Rivera, anunció que nace la primera cooperativa de titulares de vivienda, un régimen que permite la Ley 239 desde el 2004.

“Hoy es un día muy importante para el cooperativismo en Puerto Rico. Acorde con la política pública de la administración del gobernador Ricardo Rosselló, de apoyar el cooperativismo, este es un paso de avance para este modelo de economía social. Estas familias hacen historia. Muchos de estos socios llevan 40 años viviendo en Jardines de Valencia y es gracias a una enmienda a la Ley 239 y al esfuerzo de mucha gente que valora el cooperativismo que este sueño de ser dueños de sus apartamentos se hace realidad.

Torres Rivera dijo que en Puerto Rico existen 13 cooperativas de vivienda y que dos están en el proceso de conversión al Régimen de Cooperativa de Titulares de Vivienda. Una vez lo completen, Puerto Rico tendría tres cooperativas de este tipo.

La ejecutiva gubernamental explicó  que para que una cooperativa de vivienda pueda convertirse en una Cooperativa de Vivienda de Titulares debe haber saldado la hipoteca, tienen  que celebrar asamblea extraordinaria para la conversión y aprobar la conversión al régimen con más de la mitad de la totalidad de los socios activos. Sostuvo que además, deben enmendar los objetivos y cláusulas de su reglamento y someter a la CDCoop un plan de conversión junto con las enmiendas a las cláusulas y al reglamento dentro de los 90 días de haber sido aprobado.

Añadió que la vivienda cooperativa se diferencia de otros modelos pues posee facultad propia de atender la vida comunitaria y dedicar recursos económicos para ello. Realiza actividades comunitarias de carácter social, recreativo y educativo. Asimismo maneja la conducta indebida, prohibida en su ley especial, a través del poder otorgado a la Junta de Directores de celebrar vistas, adjudicar casos e imponer medidas disciplinarias.