PPD no tiene derecho a escaños de minoría, según Tribunal Supremo

05 Jan

SAN JUAN – El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió que el Partido Popular Democrático (PPD), no tiene derecho a los dos escaños legislativos que reclamaban como parte de la Ley de Minorías cuando la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) les concedió solo cuatro escaños.

(Foto/suministrada)

“En esencia, los recursos ante nuestra consideración plantean la controversia central de si el candidato independiente doctor Vargas Vidot y el candidato de un partido que no pudo retener su franquicia electoral en los comicios generales —Dalmau Ramírez—, deben ser considerados para calcular el límite de nueve (9) senadores de partidos de minoría a la luz de la Sección 7 del Artículo III de nuestra Constitución, supra. Luego de examinar detenidamente los alegatos de las partes, procede confirmar la Resolución emitida por la Comisión Estatal de Elecciones”, reza la sentencia.

Los reclamantes fueron los excandidatos por el distrito senatorial de Guayama, Juan Pablo Hernández y Ángel Rodríguez Otero, y el excandidato por el distrito senatorial de Ponce, Ramón Ruiz Nieves.

El Partido Nuevo Progresista (PNP), obtuvo 21 de los 27 escaños del Senado.

La controversia se inició cuando el Partido Popular Democrático sostuvo que tres de los restantes escaños pertenecían a ese partido por lo que los senadores, el independiente doctor José Vargas Vidot y el senador independentista, Juan Dalmau Ramírez no podían ser considerados como minoría.