Proponen garantizar buen funcionamiento de urbanizaciones con acceso controlado

21 Apr

SAN JUAN – La ingeniera Daiana Soto García, quien es experta en administración de condominios y urbanizaciones con control de acceso, propuso el viernes, a la Legislatura realizar enmiendas importantes a sendos proyectos de ley, que buscan realizar cambios a la forma en que operan las urbanizaciones con acceso controlado en la Isla, para evitar efectos contraproducentes para los residentes de estos espacios de vivienda. 

(Foto/suministrada)

“El propósito de estos proyectos es uno loable. Favorecemos la intención legislativa de realizar cambios que sirvan para que nuestras comunidades se conviertan en espacios donde impere el respeto y la sana convivencia. No obstante, entendemos que ambos proyectos contienen artículos que merecen ser estudiados con mayor profundidad dado que sus efectos podrían ser contraproducentes, para la gran mayoría de los residentes de estas comunidades, en lugar de beneficiosos que es la intención primaria de esta legislación”, destacó Soto García en las vistas públicas que realizó, esta mañana, la Comisión de Asuntos del Consumidor, Banca y Seguros de la Cámara de Representantes. 

El Proyecto de la Cámara 909 busca establecer legislación nueva que permita procedimientos de operación uniforme para las urbanizaciones sometidas al Régimen de Control de Acceso de Puerto Rico. Mientras, el Proyecto de la Cámara 858 enmendaría la Ley de Control de Acceso de 1987 para establecer, previo a cualquier reclamación judicial, la mediación en los casos de cobro de cuotas de mantenimiento en las urbanizaciones con condiciones restrictivas. 

Soto García, llamó la atención de los legisladores al advertir que imponer procesos de mediación para alcanzar acuerdos entre los residentes morosos y las Juntas de Directores de las urbanizaciones podría encarecer y alargar indefinidamente las gestiones de cobro por concepto de cuotas de mantenimiento. Esto redundaría, según la experta, en mayores problemas para la operación y buen funcionamiento de estas urbanizaciones.

“La obligatoriedad de ir a un ejercicio de mediación le impone costos adicionales a las Asociaciones de Residentes y tiene como consecuencia que las gestiones de cobro se van alargar indefinidamente. ¿Si el propietario no responde a llamadas, cartas, advertencias, por qué piensa el legislador que se va a someter a un proceso de mediación voluntaria?”, destacó la ingeniera. 

La deponente aseguró que, en la práctica, las Juntas de Directores y la Administración de los complejos de viviendas no entablan un pleito judicial contra un propietario moroso por atrasos de tres meses en sus cuotas. 

Soto García dijo que, en primera instancia, se establece un plan de pago que vaya acorde a la situación del propietario y, a la vez, sirva para garantizar el buen funcionamiento de la comunidad. Solo en aquellos casos en los que el propietario evade su responsabilidad y la deuda se acumula por varios meses entonces es que se procede a presentar una reclamación al Tribunal.

“Los procesos judiciales son costosos no solo para los propietarios sino también para el aparato administrativo de estas comunidades. Iniciar una reclamación en los tribunales no es una decisión caprichosa, y por lo general, siempre es el último recurso”, aseveró.   

Por otra parte, pidió que se reconsidere la disposición que permitiría la eliminación de los recargos, intereses o penalidades que se imponen a los residentes morosos por entender que este es el único mecanismo que tienen las Juntas de Directores de las urbanizaciones para lograr el cobro de cuotas de mantenimiento. También aseguró que esta disposición a quien penaliza es a los residentes responsables que suelen ser la mayoría.   

“A diferencia de los condominios, donde se pueden cortar los servicios de agua y luz, la única herramienta coercitiva que tenemos en las urbanizaciones para que los propietarios paguen a tiempo sus cuotas, es la imposición de intereses, recargos y penalidades. Si esto se elimina, las urbanizaciones quedarían desprovistas de fuerza para cobrar las cuotas. Además, esta disposición penaliza, únicamente, a los propietarios que son responsables, ya que recae sobre ellos la responsabilidad del mantenimiento de los elementos comunes mientras se libera a los irresponsables de su obligación”, dijo Soto García durante su comparecencia. 

De igual forma, solicitó a la comisión cameral que sea cuidadosa y no entregue al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) toda la jurisdicción para atender los asuntos relacionados al funcionamiento de las urbanizaciones con control de acceso.

“DACO es una agencia con distintos mandatos de ley, altamente burocrática y falta de personal para trabajar con el alto volumen de casos que se generaría si tiene que atender todo lo relacionado al funcionamiento de estas urbanizaciones. Sería un trabajo totalmente oneroso, innecesario    e inmanejable para esta agencia administrativa y perjudicaría, igualmente, la operación de estos centros residenciales”, afirmó. 

Finalmente, entre otras recomendaciones, Soto García exhortó a los representantes a que rescaten una medida que fue atendida, en el 2015, pero que no llegó a convertirse en ley. La medida legislativa permitiría crear una base de datos, que en Puerto Rico no existe, con un perfil estadístico y demográfico de los condominios, urbanizaciones o complejo de vivienda organizados bajo el régimen de propiedad horizontal o sujetos a condiciones restrictivas. La herramienta sería de gran utilidad para la elaboración política pública relacionada a este sector de viviendas.