Aprueban medida que regula los administradores de Beneficios de Farmacia (PBM)

25 Jun

SAN JUAN – La Cámara de Representantes consideró el viernes, durante Sesión Ordinaria, el Sustitutivo de la Cámara al Proyecto de la Cámara 1576 y al Sustitutivo del Senado al Proyecto del Senado 1372, para regular a los Administradores de Beneficios de Farmacia (PBM, por sus siglas en inglés) que operan como intermediarios entre las aseguradoras y las farmacias.

(Foto/Suministrada)
(Foto/Suministrada)

La medida contiene importantes disposiciones de protección al paciente. Los siete PBMs que operan en el País tendrán que obtener una licencia cuyo costo será de 20,000 dólares anuales y además, se enmienda la ley orgánica del Departamento de Salud para crear el cargo de Comisionado Regulador de los Administradores de Beneficio y Servicios de Farmacia.

Por otra parte, fue aprobado el proyecto que crea la “Ley de Revitalización de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados”, a los fines de atender el financiamiento y desarrollo de esa corporación pública; y para definir el proceso para la autorización y emisión de deuda.

Se trata del Proyecto de la Cámara 3002, de la autoría del representante Rafael “Tatito” Hernández Montañez, el cual brinda a la Autoridad las herramientas necesarias para que Puerto Rico cuente con una corporación con acceso a los mercados de capital y para poderla convertir en autosustentable, al implementar las mejores prácticas y tecnologías de la industria.

La aprobación de este proyecto, según se consigna en la exposición de motivos, persigue brindarle a la AAA “la oportunidad de proveer un servicio eficiente, seguro, confiable, favorable para el ambiente y sobre todo de estabilidad tarifaria para sus consumidores”, lo cual tendrá como resultado el estímulo necesario para alcanzar el crecimiento económico de Puerto Rico.

Fue avalado también, el Proyecto de la Cámara 2845, del representante Jesús Santa Rodríguez, para enmendar la “Ley del Coordinador Interagencial para Asuntos de Retiro del Gobierno”. Esto con el fin de asegurar que toda persona que ocupe la posición de Coordinador Agencial para Asuntos de Retiro y la de Coordinador Agencial para Asuntos de Retiro Sustituto, cuente con un adiestramiento especializado en los sistemas de retiro del servicio público, apruebe un examen escrito y además, tome cursos de educación continua sobre la materia anualmente.

De igual manera, se aprobó el Proyecto de la Cámara 2933, del representante Santa Rodríguez, para enmendar la “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico”, para que se atempere a los cambios que se registran en las industrias debido a los avances tecnológicos, así como a los tiempos y las normas federales vigentes.

“Es el interés de esta Asamblea Legislativa realizar los cambios necesarios a la legislación vigente para agilizar la resolución de las querellas y que los procedimientos se lleven a cabo de forma justa, expedita y atemperada a la tecnología de nuestros tiempos, minimizando el tiempo que tengan que invertir los patrones, los trabajadores y la ciudadanía en general. Esto con el fin ulterior de lograr mejores condiciones de seguridad y salud a nuestra clase trabajadora en el menor tiempo posible”, sostiene la exposición de motivos de la pieza.

A su vez, fue atendido el Proyecto de la Cámara 2925, también del representante Santa Rodríguez, para enmendar la “Ley Especial de Sustentabilidad Fiscal y Operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de reconocerle jurisdicción concurrente a los foros administrativos cuasi judiciales de las corporaciones públicas. Esto para atender toda controversia, queja o querella de empleados gerenciales de carrera, excluidos de las disposiciones de la “Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.

Se refrendó el Proyecto de la Cámara 2935, del representante Ramón Luis Cruz Burgos – radicado por petición de la Policía de Puerto Rico- para enmendar la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”.  La Policía de Puerto Rico trabaja día a día con esta ley por lo que están en posición de hacer recomendaciones para que su implementación sea más ágil y atenta a la realidad actual.  La intención de su propuesta va dirigida a que la imposición de primeras infracciones a las disposiciones establecidas en la ley antes mencionada, sean tratadas como faltas administrativas con pena de multa, y que la segunda convicción sea considerada un delito menos grave.

El Cuerpo dio paso al Sustitutivo de la Cámara al Proyecto de la Cámara 2249, para enmendar las leyes que fiscalizan la realización de espectáculos públicos dentro de la jurisdicción; y para modificar los requisitos para la admisión y práctica de la profesión de promotor de espectáculos en la Isla. “Esta medida persigue armonizar ciertas disposiciones de ley relacionadas con la industria de la producción de espectáculos públicos, en aras de garantizar una mayor representatividad, eficiencia y democracia participativa dentro del Colegio”, indica el lenguaje de la medida.

Otras de las medidas aprobadas fueron el Proyecto del Senado 1527, para enmendar la “Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos” a los fines de conferir a nuestros jubilados un mecanismo de lograr mejores cubiertas de seguros médicos que atiendan sus necesidades de forma adecuada, y el Proyecto del Senado 1474 para enmendar la Regla 60 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009 a los efectos de trasladar la responsabilidad de diligenciar la notificación-citación a la parte demandante.