Aval a adelanto de nómina al empleado ante una situación de emergencia

17 Apr
(Foto/Suministrada)

SAN JUAN – La Comisión de Asuntos Laborales, que preside el representante Ángel Peña Ramírez, inició el martes, con el estudio de una medida que busca enmendar la “Ley de pago de salarios” a los fines de permitir que los patronos puedan otorgarles un adelanto de nómina a sus empleados ante una situación de emergencia.

Hecrian Martínez, asesor legal del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), avaló la medida y mencionó que el Proyecto el Senado 693 de la autoría del senador Miguel Romero “hace un balance entre lo que, sin duda, es un derecho esencial del trabajador y la habilidad de este para hacerse de bienes y servicios que necesita durante los periodos de emergencias”.

Sostuvo, que la enmienda atiende la difícil situación por la cual pasaron los puertorriqueños en el camino a la recuperación tras el desastre causado por el huracán María. Asimismo, informó que “la medida busca atender exactamente la situación presentada en la Opinión del Secretario 2017 – 02, que atiende los descuentos de nómina permitidos durante la emergencia creada por el paso de un huracán”. Esta Opinión atendió las deducciones permitidas del salario de los empleados exentos y los no exentos tras el paso el huracán María.

Con relación a las deducciones salariales durante dicho periodo, mencionó que es esencial que los trabajadores gocen de ingresos suficientes para atender este tipo de situación.

Recomendó, que el monto del descuento o de la retención de nómina sea acordado expresamente entre las partes y que no exceda del 20 por ciento de la cantidad neta pagada al empleado. El presidente de la Comisión acogió el por ciento recomendado ya que es un “término medio” y dejaría abierto el término de repago, para que se establezca dentro del propio acuerdo entre empleado y patrono.

Peña Ramírez, aludió que la pieza legislativa viene atender “esa camisa de fuerza para que se libere y se puedan hacer estos acuerdos, entre empleado y patrono, con las garantías de las deducciones de nómina”.