Liberan terrenos en Vieques para el desarrollo económico

09 Jul
Isla municipio de Vieques. (Foto/Suministrada)

VIEQUES – Buscando mejorar la calidad de vida de los residentes de Vieques, el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos ‘Johnny’ Méndez Núñez, anunció que la firma de una serie de resoluciones de su autoría dirigidas a reclasificar el uso de ciertas cuerdas de terreno en la llamada ‘Isla Nena” con el propósito de incentivar la actividad económica.

Las medidas aprobadas ordenan a la Autoridad de Tierras, a la Junta de Planificación y al Municipio Autónomo de Vieques a proceder con la liberación de las condiciones y restricciones contenidas en la Certificación de Título con Restricciones sobre un numero especifico de parcelas.

Según explicó el líder legislativo, la Ley 107 de 3 de julio de 1974, creó el Programa de Fincas de Tipo Familiar, conocida como Título VI de la “Ley de Tierras”.

El secretario del Departamento de Agricultura fue facultado para la disposición de terrenos para uso agrícola mediante cesión, venta, arrendamiento o usufructo. La disposición de estas fincas bajo este programa se realizaba bajo una serie de condiciones y restricciones que formaban parte de la escritura o de la Certificación de Título que emite el Departamento de Agricultura.

“Completado el término que requiere en Ley para que estas personas cumplieran con el usufructo, obtenido su titularidad, es meritorio, en este caso particular, enfatizar que no existe desde hace muchos años ningún proyecto de agricultura que ayude a fomentar dicha actividad entre los residentes de la Isla Municipio de Vieques por lo que dichos terrenos deben ser liberados de las mencionadas restricciones”, sostuvo Méndez Núñez.

Los terrenos liberados se encuentran en el barrio Florida y la barriada La Clementina.

Los mencionados terrenos fueron dados en usufructo a residentes de la ‘Isla Nena’, que solicitaron y obtuvieron la titularidad de estas mediante la Certificación de Título otorgada.

Esta liberación sólo podrá ocurrir luego de que se prepare, apruebe y adopte un Plan de Área que contemple el mejor aprovechamiento y uso de los terrenos de una manera organizada y planificada, según lo dispuesto en la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como “Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.