Presenta medida para ampliar producciones a ciudadanos

03/26/2014

Por: Redacción Presencia
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EL CAPITOLIO- El vicepresidente y representante por el Distrito de Carolina y Trujillo Alto, Roberto Rivera Ruiz de Porras, anunció la radicación de una medida legislativa de su autoría que persigue establecer un plan piloto en la Corporación del Centro de Bellas Artes, para fortalecer el trabajo de las producciones locales y las oportunidades de empleo para nuestra clase artística, sin que se menoscabe los derechos adquiridos por la población de edad avanzada.

(Foto/Suministrada)
(Foto/Suministrada)

Específicamente, en dicho plan se recomienda que en cada función, se reserve, del total de asientos o localidades disponibles, de un 10 por ciento a 25 por ciento, de acuerdo a la sala que aplique, para ser ofrecidas con el descuento establecido por ley la Ley 108 de 12 de julio de 1985, según enmendada, a personas de la tercera edad debidamente identificadas.

La medida también establece que, en el caso de que los boletos dentro de dichos porcentajes se agoten, la boletería vendrá obligada a comunicarlo con un aviso impreso y los afectados con la situación podrán optar por adquirir boletos con el descuento que les aplique para cualquier otra función y a tenor con los porcientos establecidos de localidades reservadas para ello.

El Proyecto de la Cámara 1755 persigue, además, exonerar del pago sobre Impuesto de Venta y Uso (IVU) los boletos de cortesía que se emitan para el disfrute de espectáculos o conciertos en dicho escenario artístico.

“Con esta pieza legislativa, lograremos conciliar el interés de la política pública de favorecer y apoyar a la población de edad avanzada, la cual honrosamente represento, y la política pública de fomentar el desarrollo de actividades artístico-culturales en Puerto Rico. Así aumentaremos las producciones artísticas para nosotros el público adulto y mantenemos viva la cultura generando más y mejores empleos, sin eliminar los derechos adquiridos”, destacó el Vicepresidente Roberto Rivera.

Esta medida, de aprobarse, comenzará a regir a partir del próximo año fiscal y sería reglamentado por el Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO), según los parámetros legislados en la Ley 108 de 12 de julio de 1985 y la Ley 331-2000, según enmendadas, para el disfrute de cualquier espectáculo artístico o cultural en la Corporación de Bellas Artes de Puerto Rico.