Tribunal de Carolina resuelve controversia a favor de los Food Trucks

11 Jun
(Foto/Archivo)

CAROLINA – El Tribunal de Primera Instancia de Carolina emitió una sentencia a favor de los Food Trucks con relación al reglamento aprobado el año pasado por el Municipio de Carolina, declarando inconstitucional y nulas la mayoría de las disposiciones de la ordenanza impugnada.

El Tribunal determinó nulo el que se pretendiera dar prioridad a los solicitantes residentes del Municipio de Carolina por discriminar por razón de residencia; el prohibirles anunciarse en las aceras del Municipio; el obligarles a servir los alimentos para llevar; el que ningún negocio ambulante podría estar establecido por períodos en exceso de doce horas; el que se les prohibiera operar en centros comerciales y gasolineras; entre otras. 

“El Municipio de Carolina intentó eliminar a los negocios ambulantes bajo un supuesto interés por la salud, la seguridad y el bienestar de la gente, sin importarle por el contrario a todo el que dejaría sin empleo y las familias que dejaría sin sustento. Por ende, estamos muy contentos con la decisión tomada por el Tribunal, la cual deja sin efecto las disposiciones discriminatorias e injustas aprobadas por el Municipio en detrimento de los que todos los días nos ganamos la vida trabajando en los food trucks”, comentó uno de los demandantes. 

El Tribunal emitió una orden de injunction permanente contra el Municipio de Carolina, conforme a las disposiciones de Procedimiento Civil, prohibiéndolo a que este aplique a los ciudadanos las disposiciones del reglamento declaradas nulas. 

 “Agradecemos enormemente la labor realizada por el bufete de abogados Bauza y Brau porque sin ellos no hubiese sido posible salir airosos en este pleito tan importante para mí y tantos otros comerciantes”, finalizó.

Este reglamento fue aprobado por el Municipio el 16 de febrero de 2018 y el 6 de marzo la Asociación Nacional de Food Trucks y varios dueños de negocios ambulantes presentaron una demanda y el 8 de marzo el Tribunal ordenó la paralización inmediata de la ejecución de la ordenanza. Poco más de un año después ha sido resuelta la controversia.