Presidentes legislativos presentan enmiendas a proyecto de plebiscito de estatus

31 Jan

SAN JUAN – El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, y el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Jhonny” Méndez anunciaron hoy que el liderato del Partido Popular Democrático (PPD) y del Partido Independentista Puertorriqueño  (PIP) “no tienen excusas” para no participar del plebiscito de estatus propuesto para junio de este año luego de que se le sometiera al Proyecto del Senado 51 definiciones de “Libre Asociación/Independencia”. Todo esto conforme al informe sometido por Casa Blanca en el 2011, la plataforma de gobierno del PPD bajo la presidencia de Aníbal Acevedo Vilá,  el Tribunal Supremo federal y el Congreso así como una definición presentada por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), en audiencia pública.

(Foto/Suministrada)

“Las definiciones no las redactó el Partido Nuevo Progresista (PNP) ni el PPD ni el PIP; las opciones no coloniales, no territoriales, democráticas  y permanentes; son la admisión de Puerto Rico como un estado, la independencia o una modalidad de independencia que se conoce como libre asociación”, indicó de antemano Rivera Schatz.

Por su parte, el presidente cameral sostuvo que con las enmiendas presentadas “estamos quitándole las excusas a los amigos del PPD. Siempre los hemos escuchado a ellos hablar de que no se les da participación a su definición pero cuando tuvieron la oportunidad en la vista pública conjunta que celebramos Cámara y Senado y se les preguntó directamente, no solamente al presidente del PPD también a los otros portavoces, ¿cuál es su definición del ELA? Unos dijeron ‘yo tengo la mía guardada’ otros que no la tenían y otros que no estaban autorizados a darla. Dentro de la delegación del PPD en la Cámara he escuchado voces que dicen que ellos tienen una definición pero no la presentan. Ante esa situación es que hemos tomado la decisión de enmendar el Proyecto para darle la definición que está reconocida en el derecho internacional. La definición que ha expresado el ejecutivo federal y sosteniendonos en los casos que ha resuelto el Tribunal Supremo federal y en las expresiones que se han hecho desde el Congreso de Estados Unidos”.

Entre las enmiendas se dispone que mediante la ‘Libre Asociación’ “se adoptará un estatus fuera de la cláusula territorial de la Constitución de Estados Unidos “que reconozca la soberanía del pueblo de Puerto Rico. La Libre Asociación se basaría en una asociación política libre y voluntaria, cuyos términos específicos se acordarían entre Estados Unidos y Puerto Rico como naciones soberanas”. La definición de ‘Independencia’ es “demando al Gobierno de los Estados Unidos que, en el ejercicio de su poder para dispone del territorio, reconozca la soberanía nacional de Puerto Rico como una nación totalmente independiente y que el Congreso federal promulgue la legislación necesaria para iniciar la negociación y la transición hacia la nación independiente de Puerto Rico”.

Ambos líderes legislativos explicaron en conferencia de prensa que debido a que en la vista pública conjunta,  el liderato del PPD no presentó definiciones sobre el Estado Libre Asociado (ELA), se utilizó la que presentaron en el referendum de noviembre de 2012. Según Rivera Schatz la definición que se incorporó “se tomó de la plataforma del PPD cuando lo presidía Aníbal Acevedo Vilá. Así que Aníbal Acevedo Vilá tampoco tiene excusa para rehuirse” al indicar que tampoco el PIP “no tiene excusa para participar”.

Con estas definiciones, Rivera Schatz respondió alegaciones del PPD de que el proyecto senatorial es uno “amañado” dijo que el mismo “no es un proyecto de estadidad” porque las opciones no coloniales y no territoriales “son las que han reconocido diversos foros internacionales y del gobierno de Estados Unidos”.En su alocución recordó que el PPD organizó el cuatrienio pasado un comité con el propósito de definir lo que llamaron el ‘ELA mejorado’ y “no lograron absolutamente nada”.

El Proyecto del Senado 51  crea la Ley para la Descolonización Inmediata de Puerto Rico y dispone los mecanismos para la ejecución de consultas electorales al amparo de la legislación federal vigente.

La pieza legislativa ordena la convocatoria a un plebiscito el domingo, 11 de junio de 2017; con el propósito de realizar un proceso que le permita al ciudadano expresarse en torno a la solución final del estatus colonial de Puerto Rico.

Si la opción favorecida fuera un pacto o un tratado, quedaría convocado automáticamente un referéndum que se llevaría a cabo el 8 de octubre de 2017 para escoger entre las alternativas de Libre Asociación/Independencia.

Las enmiendas han sido de común acuerdo entre Cámara, Senado, Fortaleza y la Comisaría residente. La Cámara de Representantes podría atender este proyecto en la sesión de hoy.