Senado aprueba medida sobre servidores públicos de carrera

06/10/2014

Por: Redacción Presencia
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EL CAPITOLIO- El Senado de Puerto Rico aprobó hoy el Proyecto del Senado 960 para enmendar la Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a los fines de establecer un procedimiento retributivo de reinstalación uniforme aplicable a los empleados de confianza que retornan a sus puestos de carrera dentro del Gobierno.

Senador Aníbal José Torres (Foto / Suministrada)
Senador Aníbal José Torres (Foto / Suministrada)

“El proyecto que tenemos ante nuestra consideración, establece controles y fija responsabilidades. Ha sido tradición y costumbre en el Gobierno a través de las corporaciones públicas y agencias que un empleado de carrera pase a un puesto de confianza y que cuando regrese al puesto de carrera se le otorgue un aumento que equipare el sueldo que ganaba como empleado de confianza. Hemos visto como personas se mueven de una posición a otra para obtener esos aumentos salariales. Se trata de responsabilidad fiscal y de vivir con la realidad económica que vive el País”, dijo el autor de la medida, el portavoz del Partido Popular Democrático (PPD) en el Senado, Aníbal José Torres Torres.

La pieza legislativa pretende garantizar la utilización de los recursos económicos del gobierno de manera eficiente y acorde a la situación económica actual. Mediante la legislación no se elimina la posibilidad de recibir un incremento de sueldo a un empleado que sirve en el servicio de confianza al ser reinstalado en su puesto de carrera. Sin embargo, se establece que bajo ninguna circunstancia ese incremento de sueldo podrá ser por una suma mayor al 10 por ciento del sueldo que devengaba en el puesto de confianza.

En segundo lugar, se establece la exigencia de que para poder ser elegible a recibir un aumento de sueldo, el empleado debe haber servido por un periodo no menor de tres años y se evidencie la ejecutoria excelente de dicho empleado de acuerdo al instrumento de evaluación que para estos fines haya creado la Autoridad Nominadora o Corporación Pública.

La medida pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes.