Senado prohíbe el uso de ‘four tracks’ en las carreteras del país

09/12/2013

Por: Redacción Presencia
SAN JUAN – El Senado de Puerto Rico vio durante la sesión de hoy, el  Proyecto Sustitutivo del Senado al P del S 86 y el P del S 426 con las enmiendas propuestas por la Comisión de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Transportación a la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico  con relación a los “Four Tracks”.

Pedro A. Rodríguez González, Senador. (Foto/Suministrada)
Pedro A. Rodríguez González, Senador. (Foto/Suministrada)

El Presidente de la Comisión de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Transportación, el Senador Pedro A. Rodríguez González explicó que “el Proyecto Sustitutivo expone que la transportación permitida de estos vehículos sea solamente utilizando vehículos de motor con facilidad de arrastre o carga debidamente autorizado, a menos que sea cruzando un tramo de la vía de forma perpendicular entre dos predios (único tramo de carretera que puede tocar un Four Track). Además será prohibido transitar en áreas naturales protegidas, tales como Reservas Naturales, Bosques Estatales, Refugios de Vida Silvestre y cauces de ríos, ecosistemas de dunas o humedales, entre otras áreas, según sean designadas o protegidas mediante ley, sin embargo se exceptúa a funcionarios públicos para facilitar el cumplimiento de sus funciones de seguridad en las zonas protegidas.”

Será requisito la registración de estos vehículos y se establecerá una amnistía de sesenta días a partir de la vigencia de esta Ley. “Uno de los temas principales que se discutió en las vistas públicas, fue el descontrol que existe con estos vehículos y como muchas veces sus usuarios incurren en conducta inadecuada al transitar y no existe un protocolo para implementar multas ya que no existe registro por parte del DTOP”  indico el Presidente de la Comisión.

Para finalizar, Rodríguez González indicó, que fueron muchos los puntos a considerar a la hora de radicar el sustitutivo a los dos proyectos, en especial la seguridad. “Una de las razones principales es velar por las personas que practican este deporte, asِí como de salvaguardar la vida de nuestros jóvenes. La edad mínima para  para operar estos vehículos todo terreno será de 16 años, siempre y cuando tenga su licencia de conducir al día y toda persona que violen los términos se enfrentarán a altas multas.”