Nuevo Código de Orden Público para el municipio de San Juan

10 Aug
Gloria Escudero Morales, presidenta de la Legislatura Municipal de San Juan. (Foto/Suministrada)

SAN JUAN – La Legislatura Municipal de San Juan (LMSJ), aprobó el Proyecto de Ordenanza Núm. 53, que establece el nuevo “Código de Orden Público para el municipio de San Juan”.

Con el respaldo de la mayoría de los miembros de la Legislatura Municipal, los residentes de la Ciudad Capital contarán con un “Código de Orden Público” balanceado entre las necesidades de los más de 330 mil sanjuaneros y el sistema comercial.

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En cuanto a la venta y expendio de bebidas alcohólicas, la Legislatura Municipal validó que estará autorizada la venta y servicio de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. y la 1:00 a.m. Mientras, los fines de semana (sábados y domingo) el horario será desde las 6:00 a.m. hasta las 2:00 a.m., y lo mismo los días feriados legales estatales y federales que caigan lunes.

Por otro lado, para maximizar la calidad ambiental y la tranquilidad de los residentes, visitantes y turistas quedaron prohibidos los ruidos innecesarios o excesivos como el “voceteo” producidos por sistemas de amplificación tales como altoparlantes, megáfonos o artefactos similares que importunen o perturben el pacífico vivir, esto con excepción de aquellas expresiones protegidas o la libertad de expresión.

Con la finalidad de maximizar el acceso a los transeúntes que hacen uso de las aceras, se impondrán sanciones a las personas que obstruyan las mismas y limitan el libre movimiento de las personas.

Durante la participación ciudadana, los residentes presentaron otras preocupaciones que fueron atendidas y acogidas en el Código, como la prohibición de reparaciones de vehículos de motor o enseres eléctricos en las vías públicas. Asimismo, aprobó que toda persona que pasee o conduzca alguna mascota en un espacio público deberá recoger los desperdicios o excrementos que estos depositen utilizando bolsas de polietileno. De lo contrario, se exponen a una multa de $250.00.

El nuevo Código de Orden Público entrará en vigor 90 días posteriores a la publicación de un edicto en un periódico de circulación general.