Suspensiones y amonestaciones para Caribbean y Sagrado

03/06/2014

Por: Redacción Presencia

SAN JUAN – El director de torneo de la Liga Atlética Interuniversitaria (LAI), Carlos Vázquez, emitió cuatro resoluciones de suspensión de jugadores involucrados en un altercado en el partido entre los Gryphons de la Caribbean University y los Delfines de la Universidad del Sagrado Corazón en la rama masculina celebrado en Santurce. El partido concluyó con victoria de los Delfines 77-65 sobre los Gryphons para ser el último desafío de ambas instituciones en la temporada regular del baloncesto.

(Foto/Suministrada)
(Foto/Suministrada)

A base de  todas las herramientas que recibió el Director de Torneo de la LAI entre la noche del miércoles y durante la mañana del jueves fueron emitidas las suspensiones y amonestaciones correspondientes. Estás fueron los informes de los árbitros y los jueces de mesa, y el video que las redes sociales tienen en su poder.  

 Al momento, los cuatros jugadores suspendidos entre uno a dos años de la LAI pertenecen a los Gryphons de la Caribbean. Mientras, Sagrado recibió una amonestación por el comportamiento de su fanaticada en el transcurso del partido.

 “Las resoluciones se emiten en base a la violación del reglamento general de la LAI. Los artículos 123 y 124 exponen nuestro código de disciplina y además de la violación a las normas de la declaración de principios libremente afecta por nuestros participantes”, expresó Vázquez, director de torneo de la LAI. “Mañana (viernes) habrá una vista en la Universidad de Puerto Rico recinto de Ponce a las 12:30 p.m. donde las partes involucradas presentarán evidencia adicional para llevar a cabo mayores sanciones o identificar a otros implicados”.         

El Director de Torneo de la LAI aplicó el capítulo XX  del  Código de Disciplina Art. 123 y sus secciones donde exponen que  ninguna institución, estudiante, maestro de educación física, dirigente, árbitro, anotador, oficial, director atlético o persona conectada con una institución podrá en forma alguna:

Sec. 9. Provocar agresiones o riñas con los árbitros, estudiantes atletas, oficiales de juego, público u oficiales de la LAI, personal docente y administrativo, entre otros.

Sec. 14. Proceder en forma tal durante el transcurso de una competencia deportiva por la cual tenga que ser expulsado de juego.

Sec. 17. Violar las normas establecidas en la Declaración de Principios.

Mientras el Art. 124 expone que: Los violadores del Código de Disciplina sufrirán las siguientes consecuencias:

Sec. 1. Por violación al Código de Disciplina – suspensión por un término no mayor de un (1) año, excepto en el caso de las secciones 9 y 16 del Art. 123 que podría conllevar una suspensión no mayor de dos  (2) años.

Sec. 2. Por violación a la sección 14 del Art. 1234 – suspensión del  próximo partido, disponiéndose que esta sanción es además a la que pudiera imponerse bajo las disposiciones del Código de  Disciplina.

Sec. 4. Cualquier institución que viole las normas de la Declaración de Principios libremente aceptadas, podrá ser amonestada, suspendida de participación en las competencias por un periodo fijo o expulsado de la LAI, según sea la gravedad del caso o 4 la recurrencia de las violaciones.    Por su parte, Sagrado tendrá que presentarle a la Liga un plan de seguridad que mejore el comportamiento de su fanaticada para los próximos juegos como locales.